SUBVENCIONES ACTIVAS

Sin comentarios mayo 24, 2021

Nuevas ayudas de hasta el 70% para la ejecución de las reformas que supongan un ahorro energético tanto para viviendas como para edificios.

El plazo de solicitud se abrirá el 17 de febrero del 2021 en la modalidad de no competencia.

NORMATIVA

REQUISITOS PARA ACCEDER A LAS AYUDAS

  • El conjunto de las actuaciones debe mejorar la calificación energética del inmueble que se rehabilite en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de CO2.
  • Para edificios en los que no aplique la calificación energética se deberá justificar una disminución del consumo de energía final de, al menos, un 20%.
  • La reducción mínima es de un 10% del consumo de energía final de cada actuación.
  • Aplicables a edificios con una antigüedad previa a 2007, según datos catastrales del inmueble.
  • No serán subvencionables actuaciones consistentes en ampliación o cambios de uso.

DESTINATARIOS DE LOS INCENTIVOS

  • Ciudadanos particulares.
  • Comunidades de vecinos. o Entidades locales. o Entidades del sector público en general.
  • Pymes, autónomos y grandes empresas.
  • Empresas de servicios energéticos.
  • Concesionarios o arrendatarios. o Agrupación de entidades.
  • Comunidades energéticas.

TRAMITACIÓN DE LOS INCENTIVOS

  • La tramitación de los incentivos es 100% telemática. (FACILITAMOS ENLACE)
  • Los destinatarios de los incentivos CITADOS deberán presentar por sí mismos las solicitudes de ayuda. Aclaramos no existen empresas colaboradoras que realicen estos tramites para los que se requiere DNI electrónico o certificado de Software (FACILITAMOS ENLACE DE LA FNMT en caso de que usted no lo posea para su solicitud y posterior descarga en su ordenador). https://www.fnmt.es/
  • Concurrencia no competitiva: las solicitudes serán atendidas por orden de presentación hasta el fin de plazo 31/07/2021 o el agotamiento de los fondos.

COSTES ELEGIBLES

  • Son elegibles todos los costes necesarios para la consecución de los objetivos del Programa
  • La ejecución será posterior a la solicitud de la ayuda, aunque podrán realizarse antes gastos de certificados energéticos o de redacción de proyecto (siempre que sean después del
    7/08/20).
  • Adicionalmente a los anteriores, se incentivan los costes de gestión de la solicitud (máx. 4% del incentivo o 3.000 €) y de la justificación (máx. 7% del incentivo o 7.000 €).

DOCUMENTACIÓN RELEVANTE (ASESORAMIENTO) Desde nuestra empresa podremos asesorarlos o indicarles otras empresas colaboradoras con las que nuestra empresa colabora a su vez.

Pueden igualmente obtener información de forma directa a través de la Agencia Andaluza de la Energía:

https://www.agenciaandaluzadelaenergia.es/es/ayudas-la-financiacion/incentivos-2017-2021/programa-de-rehabilitacion-energetica-de-edificios-pree-en-andalucia

teléfono: 954 78 63 35


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